DERECHO DE LEGACIÓN
DERECHO DE LEGACIÓN: DERECHO PARA
UN ESTADO DE ENVIAR AGENTES DIPLOMÁTICOS A
OTROS ESTADOS (DERECHO DE LEGACIÓN ACTIVA) O DE
RECIBIRLOS DE ÉL (DERECHO DE LEGACIÓN PASIVA).
REPRESENTACIÓN DIPLOMÁTICA MANTENIDA POR
UN GOBIERNO ANTE EN ESTADO DONDE NO
TIENE EMBAJADA.
LEGACÍA.REPRESENTACIÓN QUE UN GOBIERNO CONFIERE
A UNA PERSONA CERCA DE OTRO GOBIERNO, COMO EMBAJADOR,
MINISTRO PLENIPOTENCIARIO O ENCARGAD DE
NEGOCIOS. | EDIFICIO U OFICINA EN QUE SE EJERCE
DICHO CARGO DIPLOMÁTICA. PERSONAL A LAS ÓRDENES DE
UN LEGADO.
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